Por los motivos anteriormente señalados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, actuando en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE NACIMIENTO propuesta por la ciudadana LINA LIVERIA GUTIERREZ.-
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada del presente fallo.-
DADA, FIRMADA Y SELLADA EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO. CALABOZO, TREINTA Y UN DIAS DE ENERO DE DOS MIL TRECE (31-01-2.013).- AÑOS 202° DE LA INDEPENDENCIA Y 153° DE LA FEDERACIÓN.-
EL JUEZ,
ABG. RAMÓN JOSE VILLEGAS GÓMEZ
LA SECRETARIA,
ABG. GLENDA NAVARRO.-
En la misma fecha y previo anuncio de Ley, se publicó la anterior decisión a las 02:40 de la tarde.-
LA SECRETARIA,
RJVG/GN/mh.-
EXP: 9071-.....