Oídas las exposiciones de las partes, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: ADMITE LA ACUSACIÓN presentada por la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico Guárico, en contra de la ciudadana ARELIS DAYANA MEJIAS SEIJAS, identificada supra, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de la Cosa Pública, de conformidad con lo establecido en los artículo 330, ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ADMITE LAS PRUEBAS ofrecidas por el Ministerio Público, todo de conformidad con el artículo 330, ordinal 9º del Texto Penal Adjetivo, correspondiéndole a la Defensa la comunidad de la prueba.
TERCERO: Ad.....