Por todas las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente investigación iniciada en fecha 24-12-2005 y donde figura como victimas los ciudadanos JOSE LUIS POLANCO, CLOSMARY COROMOTO MARQUEZ y JUAN DE LA CRUZ POLANCO MARQUEZ, en virtud de que el hecho objeto del proceso no es típico o concurre una causa de justificación, inculpabilidad o de no punibilidad de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2° en relación con el artículo 25 eiusdem del Código Orgánico Procesal Penal, siendo que en el presente caso una vez iniciada la investigación se logró determinar que las lesiones sufridas en el hecho de tránsito, fueron calificadas en el reconocimiento Médico Legal practicado, como leves, de las previstas en el a.....