Por todo lo expuesto anteriormente, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECIDE: SE DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del presente Asunto seguido en contra del ciudadano JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad Nº 11.632.090, con fecha de nacimiento el 28/09/73, de 36 años de edad, con residencia en el Barrio La Loma de Zaraza, calle Sucre, Casa s/n, Zaraza, Estado Guárico, por la comisión del delito de HURTO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 454.8 (hoy 452.8) del Código penal vigente para el momento de ocurrir el hecho, en virtud de la EXTINCION DE LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION. Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal y 108.5 del Código Penal y con fundamento en Sentencia Nº .....