En consecuencia, y en virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA LA TRANSACCION EFECTUADA POR LAS PARTES, solamente en lo referente a las cláusulas: Primera, Segunda, Tercera, Quinta, Sexta, Séptima y Octava, del escrito de transacción, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada da por terminado el presente juicio y ordena el archivo del expediente, dejando a salvo los derechos de terceros. Así mismo vista la diligencia cursante al folio 95 suscrita por la abogada ALICIA FERNANDEZ, en su carácter de autos, el Tribunal acuerda devolver por secretaria el original solicitado cursante al folio 62, previa su certificación en autos, todo ello de conformidad con el articulo 112 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese .....