Este Juzgado Segundo de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA y en consecuencia LA EXTINCIÓN DEL PROCESO. Así se decide.
Declarada la Perención, no procede entonces pronunciamiento alguno sobre el fondo de la controversia y así se establece.
Asimismo se levanta la Medida Preventiva de Embargo decretada por el extinto Juzgado Primero de las Parroquias Calabozo, El Rastro y El Calvario del Municipio Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 19 de Mayo de 1999 y ejecutada en fecha 07 de Junio de 1999.
Previa lectura por Secretaría, publíquese, regístrese.
Notifíquese a la parte actora.