Por las razones que se expusieron, este Tribunal Superior Accidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional, que fue interpuesta por los Abogados ELY PERAZA VARGAS y CARLOS J. PIERMATTEI AULAR, en representación de la Sociedad Mercantil "INTERNET DEL CAPITAL 2000, C.A." Inscrita por ante el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, bajo el número 14, tomo 19-A, contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en Calabozo, en fecha 10 de noviembre de 2009, y así se decide.
SEGUNDO: Se ANULA la sentencia de fecha 10 de noviembre de 2009, proferida por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, con sede en Calabozo, y así se decide.
TERCERO.....