SE DECLARO CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la Abogada Dunia Balza, actuando en condición de Fiscal Décima Octava del Ministerio Público del Estado Guárico, contra la decisión de fecha 18.07.2008, dictada por el Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, mediante la cual negó la medida de privación preventiva de libertad solicitada por el indicado órgano fiscal contra los funcionarios policiales Wilfredo José Romero Marrero, Ángel Alfredo López Cardozo y Yoengri José Maluenga, por la presunta comisión de los delitos de Homicidio Calificado, Simulación de Indicios y Uso Indebido de Arma de Fuego, previsto en los artículos 406 numeral 1, 239 y 282 todos del Código Penal. En consecuencia, se revoca la decisión judicial impugnada. Todo de conformidad con los artículos 4.1 de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, 29 y 43 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal.