Este Juzgado Cuarto de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, en consecuencia tomó la presente decisión : Conforme a lo establecido en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA a los ciudadanos EDUIS ANTONIO GUDIÑO PÉREZ, BEIBI YANIS GUDIÑO PÉREZ, ANA ROSSANA PÉREZ, y ANA FELICIA PÉREZ RODRÍGUEZ, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES, a cumplir la pena de TRES (3) MESES DE ARRESTO, pena esta impuesta de conformidad a lo previsto en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal y por aplicación de los artículos 37, y 74 ordinal 4º todos del Código Penal Venezolano, igualmente se les condena a cumplir las penas accesorias de la Ley establecidas en el artículo 16 del mismo texto legal, y al pago de las costas procesales por estar asistido de defensa privada conforme a lo establecido en la.....