IV
DISPOSITIVO
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer de la presente MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, solicitada por la ciudadana Franthys Carolina Gamez Herrera, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de la cédula de identidad N° V-17.602.460, asistida por el abogado Ezequiel Jose Moreno, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 217.515, contra el ciudadano Italo Ramon Salinas Cabreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-4.346.266, así como a cualquier tercero
SEGUNDO: Se decreta MEDIDA DE PROTECCIÓN A LA ACTIVIDAD AGROALIMENTARIA, sobre el lote de terreno denominado "Grupo IV Lote 4", ubicado en el sector I, Parroquia Calabozo, Munic.....