DISPOSITIVA
Por fuerza de todos los motivos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguan y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Calabozo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y al Principio Constitucional de Tutela Judicial Efectiva, consagrado en su artículo 26, declara:
PRIMERO: se DECLARA a los ciudadanos RAFAEL ANTONIO LONGA LARES y HECTOR EMILIO LONGA LARES, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-3.892.113 y V-4.121.480 respectivamente, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano INES ANTONIO LONGA, quien falleció ab-intestato en la ciudad de Calabozo, Municipio Francisco de Miranda, Estado Guárico, en el Hospital General de esta Ciudad, e.....