PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la pretensión de daños y perjuicios producto de accidente de tránsito intentado por la litisconsorte activa Ciudadana ADELA DEL ROSARIO BELLO DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.847.198, Abogado en Ejercicio y de este domicilio, actuando en su propio nombre y en representación de su menor hijo JOSE ENRIQUE VILLA BELLO, venezolano, de 10 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 23.951.965, estudiante y de este domicilio; y el Ciudadano ANGEL EDUARDO VILLA BELLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 17.615.032, estudiante y de este domicilio; así como también a la Ciudadana NELLY MARIA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad N° 8.805.617, domiciliada en la población de Memo, vía Chaguaramas, Estado Aragua, en contra del litisconsorcio pasivo, integrado por los Co ¿ accionados Ciudadano CARLOS MILANO MONTOYA, venezolano, mayor de edad, titular de.....