Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por el Abg. Héctor Sotillo, en la condición de autos, contra la providencia interlocutoria del Juzgado 2° de Control de este Circuito, extensión Valle de La Pascua, de fecha 14 de enero de 2009, tomada en el asunto N° JP21-P-2008-003929, de su catalogo de causas, que decretó la detención preventiva judicial de Starlin José Díaz Ortiz, como partícipe o autor en el delito de homicidio calificado, previsto en el artículo 406.1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 405 eiusdem, cometido en agravio del ciudadano Haitam Taifur Charaf, por lo que por vía de consecuencia se confirma la decisión delatada. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 447.4.5, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.