´´Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE HECHO interpuesto por la abogada FANNY ESCOBAR, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 52.792, en contra de la decisión de fecha 01 de diciembre de 2023 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Guárico, con sede en Valle de la Pascua.
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del Juzgado Tercero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, a los once (11) días del mes de Enerode dos mil veinticuatro (2024). Años 212° y 164°
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