PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la Acción de nulidad contractual, interpuesta por la parte Actora Ciudadanos JULIO ALBERTO DÍAS PIRELA, ÁGUEDA CARMELA SILVA DE OCHOA, REGULO ANTONIO OCHOA MELENDEZ y ROMAIN JOSÉ ORTA, venezolanos, mayores de edad, médicos de profesión y titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.746.502, 3.840.512, 3.641.568 y 3.671.396, respectivamente, domiciliados en la población de Valle de la Pascua del Estado Guárico. Se CONFIRMA el fallo de la recurrida Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de Valle de la Pascua, de fecha 09 de diciembre de 2009. Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte Actora ¿ recurrente. Se confirma así la validez de la venta autenticada por ante la la Notaría Pública de la Ciudad de Valle de la Pascua, el día 27 de octubre de 2006, inserto bajo el N° 54, Tomo 109 del Libro de Autenticaciones llevado por esa Notaría.....