DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, ESTE JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO GUÁRICO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Décimo Sexta (16º) del Ministerio Público, en contra de los ciudadanos ESTHER MARGARITA HERNÁNDEZ, venezolana, de 36 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.671.250, soltera, de profesión u oficio del Hogar, residenciada en: Barrio La Morera, Sector el Mahomo, Callejón Francisco Torrealba, Casa S/N, San Juan de los Morros, Estado Guárico; y DANIEL DE LOS SANTOS JASPE HERNÁNDEZ, venezolano, de 19 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-19.724.406, soltero, de profesión u oficio obrero, residenciado en: Barrio La Morera, Sector el Mahomo, Callejón Francisco Torrealba, Casa S/.....