PRIMERO: Se declara SIN LUGAR, la apelación intentada por la parte Co- excepcionada Asociación Cooperativa "ESTILOS SARAY, 847,RL, inscrita originalmente ante el Registro Inmobiliario hoy Registro Subalterno de los Municipios Roscio y Ortiz del Estado Guárico, anotado bajo el N° 01, folios 2 al 16, Protocolo 1°, Tomo 7°, del 3° Trimestre del año 2.005, en la persona de la ciudadana LIGIA SEIJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.995.704. De conformidad con el artículo 228 del Código de Procedimiento Civil, habiendo transcurrido más de sesenta (60) días calendario consecutivo entre una y otra citación de los litisconsortes pasivos debe suspenderse el presente procedimiento, dejar sin efecto la citación practicada y aguardar hasta que el Actor solicite la citación de los co-litigantes pasivos y así se decide. Se CONFIRMA el fallo recurrido emanado del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judic.....