DISPOSITIVA
Por los razonamientos expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el Artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal, es por lo que Corte de Apelaciones, DECLARA: PRIMERO: con lugar el recurso de apelación interpuesto por el ABG. CARLOS EDUADO QUIARA SLAZAR, en su condición de Fiscal Décimo Sexto (16°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, en representación del Estado Venezolano, contra de la decisión dictada en auto fundado de fecha 24/10/2011 y publicada en esa misma fecha, por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, sede San Juan de los Morros, en la cual Ordena la entrega del vehículo solicitado, cuyas características son las siguientes: Placas. AC32YJM, Serial de carrocería 821JD51B1AV317186, Serial de motor. F18D31675931, Marc.....