Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guarico, Extensión Valle de la Pascua, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECIDE:
PRIMERO: Decreta la extinción de la acción penal por haber operado la prescripción de la misma y en consecuencia el sobreseimiento de la causa seguida contra el acusado JOSE ANTONIO SILVEIRA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.572.722, natural de El Socorro, Estado Guarico, nacido en fecha 02-03-1955, de 50 años de edad, residenciado en la Calle Padre Molina, cruce con Calle Las Acacias, Casa S/N, Sector Maro Juan, El Socorro, Estado Guarico por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el artículo 20 de la ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia., en perjuicio de la victima ciudadana MARIA ZENAYDA HURTADO RISSO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ord.....