este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la ciudad de Valle de la Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: HOMOLOGAR, como en efecto se homologa, la transacción Judicial celebrada por el Profesional del Derecho ANDRES ELOY BLANCO ESCORCHE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 158.595, en su carácter de Apoderado Judicial del demandante ciudadano GABRIEL ZERPA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V.-16.116.384, y la Sociedad Mercantil CONSORCIO FUTURAGRO C.A., representada por su Apoderado Judicial, el Profesional del Derecho NESTOR ARTURO BLANCO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 84.400, cursante desde el folio 37 al 42, del presente expediente, e.....