Por los razonamientos expuestos, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Francisco de Miranda, Camaguán y San Gerónimo de Guayabal de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA TITULO SUFICIENTE a favor de la ciudadana VICTORIA CABALLERO SULBARAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-4.345.647, sobre las bienhechurías construidas sobre terreno Municipal constante de DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS METROS CON CERO SEIS CENTIMETROS (236,06 mts 2) y un área de construcción de TREINTA Y UNO METROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMETROS (31,88 mts), ubicado en el Barrio Vicario II, carrera 6B entre calle 4 y 5, sector Sierra Alta, de esta ciudad de Calabozo, Municipio Miranda del Estado Guarico, alinderado de la siguiente manera: NORTE: con Iglesia Jesucristo II en (15,80 mts), SUR: calle en proyecto, en (15,70 mts).....