Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa a favor del ciudadano JULIO CESAR MORENO GARCIA, venezolano, de 23 años de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N°: V-15. 812.323, residenciado en la urbanización Francisco de Miranda, sector 03, vereda 54, casa N° 06 de esta ciudad, por la comisión del delito de Violencia Física, tipificado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia física de la Mujer, en perjuicio de la ciudadana SARA DEL CARMEN GARCIA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese a las partes.Líbrese lo Conducente. Cúmplase
La Juez de Control N° 03
La Secretaria
Abog. Elvia Mercedes García Requena
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