En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico. Extensión Calabozo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
UNICO: Decreta la extinción de la acción penal por muerte del acusado ANDRES FULGENCIO CAMEJO, quien era de las características personales siguientes, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 8.618.669, natural de Camaguán, Estado Guárico, donde nació 01-01-1958, hijo de Dominga Eugenia Camejo y Pedro Damián Carrillo, de 52 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero y residenciado en la calle principal, casa Nº 07 del Barrio San José de esta ciudad de Calabozo, Estado Guárico y en tal virtud se dicta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA de conformidad con lo previsto en el artículo 48 ordinal 1°, en concordancia con el artículo 318 ordinal 3° ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito .....