DISPOSITIVA
Con base en lo anteriormente expuesto, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se pronuncia: PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano RAFAEL IVKOVIC MEDINA, debidamente asistido por el abogado CARLOS COLMENARES MEDINA, en contra de la decisión dictada en fecha 07 de Agosto de 2009, por el Tribunal Penal Tercero (3º) de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Valle de La Pascua; mediante la cual declaró improcedente la solicitud de Auxilio Judicial solicitada por el ciudadano RAFAEL IVKOVIC MEDINA, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.982.641, al advertir que en su solicitud menciona unos delitos no tipificados en el Código Orgánico Procesal Penal, siendo que dicho texto adjetivo contiene es el procedimiento.....