Por lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de La Pascua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECIDE: SE DECLARAN REDIMIDOS OCHO MESES, SIETE DIAS Y DOCE HORAS de reclusión de la pena total de SEIS AÑOS DE PRISION que cumple el ciudadano LUIS BELTRAN CARRASQUEL, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° 10.493.135, natural de Valle de Zaraza, Estado Guárico, con fecha de nacimiento el 17/06/63, de 46 años de edad, hijo de los ciudadanos Luís José Molfe y Carmen Carrasquel, con residencia al final de la calle Los Guatacaros, Sector Calanche, casa s/n, Zaraza, Estado Guárico, actualmente recluido en el Internado Judicial de San Juan de Los Morros. Todo ello de conformidad a lo establecido en los artículos 3° y 6° de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio. Y ASI SE DECIDE.