Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Cuarto de Control del Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Calabozo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Visto el Acuerdo Reparatorio, celebrado entre el acusado y la victima, se ACORDO APROBAR Y HOMOLOGAR, el mismo conforme a lo establecido en el artículo 40 ordinal 1°, 41 y 330 ordinal 7°, del Código Orgánico procesal Penal, suspender el proceso seguido al ciudadano JORGE YDELGAR GONZALEZ GONZALEZ, Venezolano, de 21 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio obrero, natural de Achaguas Estado Apure donde nació en fecha 05-06-1985, hijo de Gisela Gonzàlez y de Rafael Gonzalez, titular de la cédula de identidad N° 17.165.509, residenciado en el barrio Vicario I, sector 03, sierra alta, casa sin, cerca del Taller Mixto, color de la casa verde, tiene una vivienda blanca en el mismo patio,
Hasta el d.....