Vista la incomparecencia de las partes intervinientes en el presente asunto a la celebración de la Audiencia de Juicio Oral y Pública fijada para el día de hoy; este JUZGADO SEGUNDO (2º) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, CON SEDE EN VALLE DE LA PASCUA, en aplicación a lo establecido en el artículo 82 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa y en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO, en consecuencia remítase al Archivo Judicial, transcurrido como sea el lapso recursivo sin haberse ejercido ningún medio procesal.
EL JUEZ,
JAVIER IGNACIO SCHMILINSKY ATENCIO
LA SECRETARIA,
ANAMAR PEREZ