Vista la proposición hecha por la Ciudadana: CRUZ RAMON RENGIFO GUAITA, en su carácter de demandado, y la aceptación de la ciudadana: NURBELIS MINIUSKA VIDAL de RENGIFO, insertado en el folio 29, donde se estableció para los hijos YUSBELIS, LUSBELIS, ARISBELIS, CRISBELYS, NURIBEL RENGIFO VIDAL, depositara en la cuenta de ahorro que aperturara la madre como representante, en el Banco Bicentenario, Sucursal Tucupido, la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 375,00) SEMANAL, en virtud de MIL QUINIENTO BOLIVARES (Bs. 1.500, oo) MENSUAL, más Una (1) Tickera de Cesta Ticket en beneficio de Obligación de Manutención, época escolar en 50%, mèdico y medicinas cuando se amerite, y QUINCE MIL BOLIVARES (Bs. 15.000,00) correspondiente a la época decembrina; y se acuerda oficiar al Departamento de Recursos Humanos del Ministerio del Popular del Ambiente, Oficina Zaraza, Municipio Pedro Zaraza del Estado Guárico, a los fines de que realice el descuentos de la obligación de manutenci.....