Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, con sede en San Juan de los Morros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:1)Ejecuta la sentencia definitivamente firme dictada por el tribunal de Juicio 02 de este Circuito Judicial Penal contra el ciudadano GREXON JOSE PIÑANGO MONCADA, venezolano, natural de Calabozo Estado Guarico , nacido el 14-02-1965, de 45 años de edad, soltero, profesión u oficio obrero, titular de la cedula de identidad Nº 8.620.791, hijo de VICTOR PIÑANGO y CARMEN MONCADA residenciado en la Misión de los Ángeles, calle 03,casa Nº 62-13,detrás de la Panificadora Guarico, en Calabozo Estado Guarico. por la comisión del delito de ROBO PROPIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal, en concordancia con los artículos 80 y.....