En consecuencia, este Tribunal de Ejecución No. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR la forma alternativa de cumplimiento de Pena referida al RÉGIMEN ABIERTO al LEDEZMA ROJAS ALBERTO JOSE, venezolano, natural de Caracas, Distrito Capital, nacido en fecha 13-07-84, de 18 años de edad, de estado civil soltero, trabajador de una Distribuidora de cambures (con el señor Enrique), hijo de Carlos Ledezma (v) y Carmen Rojas (v), residenciado en el Barrio Carlos Pérez, Calle Panamá, casa No. 39, de Valle de la Pascua, Estado Guarico, portador de la cédula de identidad Nº 18.895.197, por estar cumplidos los requisitos que prevé el Código Orgánico Procesal Penal en su artículo 501 numerales 1°, 2°, 4° y 5°.-