catálogo de derechos de nuestra carta fundamental, en acoplamiento al Artículo 76 de la referida Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 365, 366 y 369 de la precitada LOPNA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud de
FIJACION DE OBLIGACION ALIMENTARIA efectuada por la ciudadana:MARIA CARINA RAMIREZ venezolana, mayor de edad, titular de cédula de Identidad N° V-15.797.050, a favor de la niña MARIA ALEJANDRA RAMIREZ y en contra del ciudadano CARMELO REINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N°11.368.723, domiciliado en esta ciudad, decide lo siguiente: l.-Se fija la Obligación alimentaria en la cantidad de nueve (03) UNIDADES TRIBUTARIAS mensuales en el mes de julio y diciembre será por el doble o sea SEIS (06) UNIDADES TRIBUTARIAS,los cuales serán depositados en una cuenta de Ahorros que .....