Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario, Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR, el recurso de regulación de la competencia interpuesto por la parte actora, ciudadana SANTOS AREVAL MEJIAS BERRIOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.729.069, domiciliada en la ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico. Se REVOCA el fallo de la recurrida Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Guárico con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 31 de julio de 2012 y se declara a ése juzgador aquo competente para conocer de la presente causa bajo el principio de la jurisdicción perpetua, establecida en el artículo 3 del Código de Procedimiento Civil y así se decide. Se declara SIN LUGAR la declinación de l.....