SE DECLARA: LA REVOCATORIA DE LA MEDIDA CAUTELAR CAUTELAR SUSTITUTIVA, establecida en el artículo 256 en su numeral 3., contra el acusado JUAN COCEPCIÓN HERNÁNDEZ ANTEQUERA, ampliamente identificado en autos, por no haber comparecido ó por no haber hecho acto de presencia y haber atendido al llamado de esta autoridad, a los fines antes indicados, así como también por no haber cumplido correctamente con la citada obligación de presentaciones ante este tribunal, todo de conformidad con lo estipulado en el artículo 262 numerales 2. y 3. del Código Orgánico Procesal Penal, y, en su defecto, SE ORDENA: LA CAPTURA del precitado acusado, a objeto de que sea recluido en el Internado Judicial "Los Pinos" de esta ciudad y estado, a la orden de este tribunal.