Por los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO Y DEl TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, actuando en sede Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR por improcedente, el alegato de acumulación del presente expediente número: 6857-2.009 con el expediente número: 6856-2.009, solicitado por el abogado Omar Antonio Carrillo en representación de la parte co – demandada, esto es, de los ciudadanos Ramón Santiago Martínez, María Carolina Martínez Escobar, Isabel Cristina Martínez Escobar, Ramón Eduardo Martínez Escobar, Carlos José Martínez Escobar, titulares de las cédulas de identidad números: V-2.586.265, V-8.802.933, V-9.917.424, V-10.984.442, V-11.845.631, quienes son sucesores conocidos de América Escobar de Martínez (fallecida), titular de la cédula de identidad número: V-2.395.462. SEGUNDO.....