Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la acción de nulidad contractual, intentada por la parte actora, Ciudadano LUIS HUMBERTO ÁLVAREZ FLORES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-8.622.855, domiciliado en la ciudad de Calabozo Estado Guarico, en contra de la parte accionada Sociedad Mercantil "CAFÉ EL LLANERO C.A.", originalmente inscrita en el Registro Mercantil llevado antiguamente por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Trabajo y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, anotada bajo el Nº 44, folios 188 al 195 Vto, Tomo 6º de fecha 12 de Agosto del año 1.985, reformados sus Estatutos Generales en diversas oportunidades, constituyendo su última reforma y refundida en un .....