Este Tribunal de Control No. 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECIDE: Decreta: El SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, en beneficio de la ciudadana MERCEDES YURIMAR PACHECO, venezolana, mayor de edad, natural de Las Mercedes del Llano, Estado Guárico, de 24 años de edad, portadora de la cédula de identidad N° V-16.045.370, soltera, residenciada en la Calle Andrés Bello Barrio La Palma, sector III Las Mercedes del Llano Estado Guárico en virtud de que la acción se encuentra evidentemente prescrita de conformidad con lo establecido en el artículo 108 ordinal 6º del Código Penal en relación con el artículo 318 ordinal 3º en concordancia con el artículo 48 ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por el delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en los artículos 418 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ci.....