Se declaró, sin lugar, el recurso de apelación interpuesto por la Defensora Pública Séptima, Abg. Doris Contreras, en la condición de autos, contra la sentencia definitiva publicada el 17 de junio de 2008, por el Juzgado 5° de Juicio Mixto Itinerante de este Circuito, que condenó al acusado José Ramón Brito Román, a la pena de (19) años y (09) meses de prisión, más las accesorias de ley, por su autoría y/o participación en los delitos de violación y robo agravado, según los artículos 374 y, 358 del Código Penal, en concordancia con los artículos 37, 88 y 16 eiusdem. Por lo que en consecuencia, se confirma en todas sus partes la sentencia accionada. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 451, 452.2, 453, 454, 455, 456 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal.