PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte Accionada, Ciudadana MARCIA URDANETA VILLASANA, domiciliada en la Ciudad de San Juan de los Morros, Estado Guárico y titular de la Cédula de Identidad N° 8.998.775,, REVOCÁNDOSE PARCIALMENTE el fallo de la recurrida Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, con sede en la Ciudad de San Juan de los Morros, de fecha 02 de Diciembre de 2008. Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la Acción de Desalojo, intentada por el litisconsorcio activo integrado por los Ciudadanos JOSÉ MANUEL y GUSTAVO ADOLFO AQUINO HERNÁNDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 5.154.791 y 10.671.774, respectivamente. Se ordena a la parte demandada hacer entrega del inmueble ubicado en la calle La Estrella, casa N° 16 (ahora 34-41) del casco central de San Juan de los Morros, Estado Guárico, cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Con solar .....