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Por las razones expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el Artículo 16 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la demanda de RECONOCIMIENTO DE UNION CONCUBINARIA, seguida por la ciudadana CLARIBEL MACHADO, titular de la cédula de identidad 8.557.267, contra el ciudadano RAFAEL ENRIQUE RODRIGUEZ SATURNO, titular de la cédula de identidad Nº 8.571.673, y así se decide.
Notifíquese de esta decisión a las partes litigantes de conformidad con el artículo 251 del Código de Procedimiento Civil.
Se condena en costas a la parte actora, de conformidad con el artículo 274 ejusdem.
Publíquese, incluso en la página web del Tribunal Supremo de Justicia, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Desp.....