Por los razonamientos precedentemente expuestos este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Guárico, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO seguido por la Empresa Mercantil "INSERVI JA, C.A.", con sede en la ciudad de Puerto Ordaz, estado Bolívar, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, el 15 de abril del año 1.999, bajo el Nº 01, Tomo A-23, siendo su última modificación en fecha 26 de Diciembre del año 2.003, bajo el Nº 67, Tomo A-43, en contra la ciudadana DORIS INES ORTIZ ARMAS, venezolana, mayor de edad, divorciada, domiciliada en la ciudad de Valle de la Pascua, Municipio Leonardo Infante del estado Guárico, con cédula de identidad Nº 3.951.045 y, en consecuencia, se le condena a entregarle a la parte actora el inmueble constituido por una parcela de terreno de ciento noventa nueve metros cuadrados con veint.....