Por los razonamientos anteriormente expresados, este Tribunal de PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO GUARICO, en su competencia CIVIL, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por VICTORIA RAMONA GONZÁLEZ OROPEZA, venezolana, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.877.464, y de este domicilio, debidamente representada por sus apoderados judiciales abogados FRANKLIN RODOLFO SERRANO COLINA Y HORTENSIA COROMOTO RAMOS DE SERRANO quienes son venezolanos, mayor de edad, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 101.362 y 123.168 contra FRANCISCO RAMÓN NARANJO PERALTA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.276.572, y domiciliada en esta Ciudad de Calabozo Estado Guárico, representado por su defensor ad-litem la abogada FELICIA LEON ABREU, venezolana,.....