DISPOSITIVA
De tal manera, por todo los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente señalados, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JUAN GERMÁN ROSCIO NIEVES Y ORTIZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO GUÁRICO, de conformidad con el artículo 253 Constitucional, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud y en consecuencia, ORDENA PRIMERO: LA CORRECCIÓN DE LA ACTA DE NACIMIENTO Nº 125, folios 88 vto 89, de fecha 04 de Agosto de 1987, del ciudadano JOSÉ ANTONIO BETTELLI DI CARO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-18.043.016, respectivamente, donde se lee "DICARO", lo correcto "DI CARO", así mismo a incluir las firmas del presentante ciudadano VICTOR MANUEL BETTELLI ARIAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.433.176, así como las firmas de los testigos ciudadano.....