DECISIÓN
Por lo antes expuesto, el suscrito, como Juez Dirimente de la Sala única de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Guárico, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la inhibición propuesta por la ciudadana Juez Yajaira Mora Bravo, al considerarse incursa en la causal de inhibición contenida en el numeral 4º del artículo 86 del Código Orgánico Procesal Penal, por tener "amistad manifiesta" con el Dr. Rafael González Arias.-
Regístrese la presente decisión, remítase copia certificada por Secretaría a la ciudadana Dra. María Teresa Gómez Nieves y, a tenor de lo pautado en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, continúese realizando el sorteo correspondiente, a fin de constituir Sala Accidental.-
EL JUEZ DIRIMENTE,
ABG. ALVARO COZZO TOCINO
LA SECRETARIA,
ABG. MILAGROS SALAZAR
En la misma fecha quedó registrada la anterior decisión.
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