Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, Extensión Valle de la Pascua Estado Guárico, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en los artículos 365 y 376 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda: PRIMERO: Condena al ciudadano: JUAN FAJARDO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº: V.-8.802.768, de 45 años de edad, natural de Zaraza, Estado Guarico, nacido el día 17-02-66, de oficios Comerciante, hijo de Maria Fajardo y Juan Ramón Mayorca, domiciliado en la Calle Los Laureles, Casa S/N, Barrio El Terminal, Zaraza, Estado Guarico, a cumplir una pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN, por ser autor y responsable de la comisión del delito de LESIONES PERSONALES DE MEDIANA GRAVEDAD, previstas y sancionadas en el artículo 415 del Código Penal Venez.....