El Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control 01 del Circuito Judicial Penal de Calabozo, impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se decreta la aprehensión en flagrancia de la ciudadana AURI MILAINA PAEZ, conforme a lo previsto en el artículo 44, Ordinal 1° Constitucional, 248, 373 del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que se encuentran llenas las exigencias establecidas en dicho artículo. SEGUNDO: Precalifica los hechos como: HURTO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 451del Código Penal; en perjuicio de la ciudadana CAROLINA DEL CARMEN RUIZ BRIZUELA Se decreta Medida Cautelar conforme a lo previsto en el articulo 256, Ordinal 3° del Código orgánico Procesal Penal a la ciudadana AURI MILAINA PAEZ, imponiéndole presentaciones cada TREINTA (30) días por ante la Oficina del Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico Extensión Calabozo, por el la.....