declara, Con lugar, la apelación interpuesta por el Ministerio Fiscal, contra la decisión del Juzgado Segundo de Control de éste Circuito, extensión Valle de La Pascua, del 05 de noviembre de 2008, que acordó medida cautelar sustitutiva de libertad a favor del imputado José Gregorio Ramos Blanco, por lo que por vía de consecuencia se revoca la medida judicial impugnada. Expídase orden y boleta de detención al Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, de la ciudad de Valle de La Pascua, para la captura y reclusión del señalado sumariado en el Internado Judicial con sede en la ciudad de San Juan de los Morros, donde quedará a la orden del Juzgado de la causa, de éste Circuito, extensión Valle de La Pascua. Se funda la decisión en los artículos 432, 433, 435, 436, 447.4, 448, 449 y 450 del Código Orgánico Procesal Penal.