REVOCÓ la formula alternativa de cumplimiento de pena referida al RÉGIMEN ABIERTO, al penado SIMOZA NELSON ANTONIO, venezolano, titular de la cédula de identidad No. 19.998.267, como autor del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407 del Código Penal quien fue CONDENADO a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRESIDIO, como autor del delito de COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 407, en concordancia con el articulo 83 ambos del Código Penal, cometidos en perjuicio del ciudadano MANUEL DE JESUS GUARAN (Occiso), y EVADIDO del Centro de Tratamiento Comunitario: "Dr. FRANCISCO CANESTRI", ubicado en Caracas, distrito Capital, Por El Incumplimiento de las condiciones establecidas en el Auto de beneficio de Régimen abierto acordado por este Tribunal en fecha 23 de enero de 2007, se ACUERDA REVOCAR dicho beneficio al penado antes señalado, todo de conformidad con lo establecido en e.....