Se declaró, con lugar, el recurso de apelación interpuesto por la defensora pública, Abg. Imara Moncada Tomasetti, contra la sentencia dictada por el Juzgado 1º de Control de éste Circuito, de fecha 09 de julio de 2008, como consecuencia de la aplicación del procedimiento especial por admisión de los hechos, donde fue condenado el ciudadano JOSE GREGORIO ALVIA BLANCO, a la pena de 15 años de prisión, por su autoría y/o participación en el delito de violencia sexual, previsto en el artículo 43, segundo y tercer aparte de la Ley Orgánica sobre el Derecho a la mujer a una Vida Libre de violencia, en concordancia con el artículo 65, ordinales 3 y 7 eiusdem, por lo que por vía de consecuencia se anula el referido fallo, por ser inmotivado, todo ello conforme a lo que establecen los artículos 191, 195, 196 y 457 del Código Orgánico Procesal Penal. Con la orden de que un nuevo juez de control distinto al fallador, en lo personal dicte nueva sentencia, quedando incólume el acta de la audiencia.....