SE DECLARO SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el Defensor Público Penal Eduardo Domínguez Burgos; y por vía de consecuencia, confirma la sentencia publicada por el Tribunal Mixto de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Guárico, extensión Calabozo publicada el 20 de Agosto del año 2006, mediante la cual consideró culpable al acusado Víctor José Carrillo Brito, quien dijo ser venezolano, natural de Calabozo, de 39 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.631.155, domiciliado en el Barrio Mereyal, avenida principal, entre calles 05 y 06, casa s/n, de la ciudad de Calabozo Estado Guárico, y lo condenó a cumplir la pena de DOCE AÑOS, CINCO MESES Y QUINCE DIAS DE PRISIÓN, como autor de los delitos de Homicidio Calificado y Porte Ilícito de arma de fuego previstos y sancionados en los artículos 406 numeral 1º y 277 del Código Penal vigente, ocurrido en perjuicio de José de Jesús Benavente. Se funda esta decisión en los artículos 22, 456 del Código Orgáni.....