Se declaró con lugar parcialmente la apelación de la defensa privada. Se confirma el auto recurrido parcialmente, con variante en su significación jurídica, las cuales quedan de la siguiente guisa: a) homicidio intencional voluntario en grado de frustración, uso indebido de arma de fuego y abandono de funciones para Edgar Alexander Martínez Romero, todo ello conforme a los artículos 405, 80 segundo aparte, 281, 277 y 278 del Código Penal en concordancia con el artículo 208 eiusdem, cometidos en perjuicio de Guillermo Antonio Celis Moreno, el orden público y la cosa pública; b) abandono de funciones, previsto y sancionado en el artículo 208 parte in fine del Código Penal para Willians Bolívar Paraco, en agravio de la cosa pública; c) se revoca la medida cautelar sustitutiva por el delito de encubrimiento. Se funda la presente decisión 432, 433, 435, 436, 447 ordinal 4°, 448, 449, 450, 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 405, 80 segundo ap.....